Prestaciones laborales en México: Lo que debes saber como dueño

Las prestaciones laborales ofrecidas en México son garantía por parte de la Ley del Trabajo. Como patrón o líder del área de Recursos Humanos, es importante que tengas en cuenta el cumplimiento ante tus trabajadores.

En esta guía básica, te contaremos todo lo que necesitas saber de las prestaciones laborales en México.

Prestaciones laborales en México

Las prestaciones laborales son beneficios por Ley que los empleadores proporcionan a sus trabajadores. Entre las principales prestaciones se encuentran la seguridad social, aguinaldo, primas vacacionales, indemnización por despido y más.

A partir de que el trabajador empieza a trabajar ante una organización, el primero tiene derecho a acceder a las prestaciones laborales. La Ley Federal de Trabajo establece dos tipos de prestaciones, las de ley y aquellas superiores a la ley. Éstas últimas son beneficios extras que el patrón decide otorgar y no son obligatorias, por ejemplo un seguro de gastos médicos mayores o bonos por cumplimiento de objetivos.

Prestaciones laborales por ley

A continuación repasaremos todas las prestaciones laborales por ley a la que tienen derecho tus trabajadores.


Aguinaldo


El aguinaldo es una prestación laboral que se otorga a los trabajadores al final de cada año. Esta prestación forma parte de lo establecido dentro del artículo 87 de la LFT:

Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

Esta prestación laboral debe pagarse antes del día 20 de diciembre de cada año y por ahora, deberá corresponder a 15 días del salario del trabajador que cuente con más de un año dentro de la empresa. Para aquellos que no han finalizado el año de trabajo, el cálculo del pago del aguinaldo es proporcional.

Días de descanso obligatorios

Según los artículos 73 y 74 de la LFT, los trabajadores tienen derecho a días de descanso obligatorios:

Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Los días de descanso obligatorio son 

  1. El 1o. de enero
  2. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  3. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  4. El 1o. de mayo; 
  5. El 16 de septiembre
  6. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  7. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  8. El 25 de diciembre
  9. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Prima de antigüedad

La prima de antigüedad establece que un trabajador podrá acceder a un importe de 12 días de salario por cada año de servicios en una organización. Es importante que consultes los artículos 485 y 486 de la LFT. 

Prima dominical

Los trabajadores mexicanos reciben una prima dominical por cada domingo trabajado. Esto se aplica tanto para los empleados de jornada diurna como para los de la jornada nocturna. Se establece esta prestación laboral dentro del artículo 71 de la LFT:

En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

Se trata de la prestación laboral que dicta que sí un trabajador tiene que colaborar en un domingo, el patrón tiene la obligación de pagar como mínimo un 25% adicional al salario de sus días normales de trabajo.

Prima vacacional

Dentro de las prestaciones laborales por ley en México tenemos la prima vacacional. Es un ingreso extra al sueldo del trabajador para disfrutar su periodo de vacaciones. Podemos encontrar su marco legal dentro del artículo 80 de la LFT:

Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.

Por ahora, los trabajadores en México tienen derecho a una semana de vacaciones pagadas por año. 

Licencias por maternidad, periodo de lactancia, paternidad o adopción

Las trabajadoras en México tienen acceso como parte de sus prestaciones laborales a licencias por maternidad, periodo de lactancia o licencia por adopción. Por su parte, los trabajadores tienen licencia por paternidad o adopción. 

Para las mujeres trabajadoras se establece dentro del artículo 170 de la LFT:

  1. Durante el periodo de embarazo no realizarán actividades que exijan esfuerzos considerables y que signifiquen un peligro para la gestación o su salud
  2. Disfrutarán de un descanso de 6 semanas anteriores y 6 posteriores al parto (a solicitud de la trabajadora con autorización médica). Si el hijo nació con alguna discapacidad o requieran de atención médica, se podrá disfrutar de 8 semanas posteriores al parto

Dentro de las licencias por periodo de lactancia se establece por un término de 6 meses, con dos reposos extraordinarios por día de media hora cada uno o la reducción de una hora dentro de la jornada laboral con previo acuerdo con el patrón.

Las licencias de adopción establecen que se podrán gozar de 6 semanas de descanso con goce de sueldo posteriores al día que sea recibido el menor. 

Finalmente, para la licencia por paternidad, ya sea por nacimiento o adopción, los padres tendrán acceso a 5 días laborales con goce de sueldo.

Seguridad social

Una de las prestaciones laborales más importantes es el acceso a la seguridad social. Para los trabajadores que laboran en empresas privadas, el IMSS es aquel que ofrece servicios de salud, incapacidades por riesgos de trabajo.

Dentro de la seguridad social podemos encontrar prestaciones como:

  • Atención médica
  • Cesantía y vejez
  • Enfermedades y maternidad
  • Guarderías y prestaciones sociales
  • Invalidez y vida
  • Riesgos de trabajo
  • Gastos médicos de pensionados

Reparto de utilidades o PTU

El reparto de utilidades o participación de los trabajadores en las utilidades en una empresa está establecido por los artículos 117 al 131 de la LFT. Es un incentivo otorgado por la organización para estimular la productividad de los trabajadores.

El reparto de utilidades se debe realizar a más tardar los 60 días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, entre mayo y junio.

Vacaciones

Según los artículos 76 al 81, se establece una de las prestaciones laborales más importantes: vacaciones. Gracias a la Reforma de la Ley Federal de Trabajo, el trabajador con un año cumplido en una empresa podrá tener acceso a 12 días de descanso. Y dichos días aumentarán dos días más de vacaciones por cada año subsecuente hasta llegar a los 20 días.

Para aquellos trabajadores que cumplan con 6 años de antigüedad en una empresa, se aumentan dos días por cada 5 años de servicio.

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