La Ley Federal del Trabajo (LFT) es el marco jurídico mexicano que regula todas las relaciones laborales en el país. Establece los derechos y obligaciones de los trabajadores, empleadores y sindicatos, así como los procedimientos para resolver los conflictos laborales.
La LFT fue reformada por última vez en 2021, con el objetivo de modernizar el régimen laboral y adaptándolo a las nuevas formas de trabajo que han surgido en los últimos años, como el teletrabajo.
¿Cuáles son los aspectos más relevantes de la Ley Federal del Trabajo?
Ley Federal del Trabajo: Antecedentes
La primera Ley Federal del Trabajo fue promulgada el 28 de agosto de 1931. Esta Ley regula los aspectos más importantes en derecho laboral en México. Desde los derechos y obligaciones del trabajador, los colectivos hasta los patrones y administrativos.
Sin embargo, existieron otros esfuerzos para la protección de los trabajadores años atrás. En Veracruz se promulgaron legislaciones que tocaban el tema de los accidentes de trabajo durante 1904 y en el mismo estado, se expidieron leyes laborales en 1918 y en 1924. Por su parte en Yucatán, se expidieron leyes en 1918 y 1926 y finalmente en Nuevo León durante 1906.
Un hito importante en la historia de México fue el parteaguas para la creación de un marco legislativo en materia de derechos laborales: la Revolución Mexicana. Pero fue hasta 1916 cuando el entonces presidente Venustiano Carranza habló sobre su propuesta de libertad de trabajo. Un año después, el Congreso Constituyente reconoció el derecho a la organización de huelga, finalmente establecido en el artículo 123 de la Carta Magna.
Durante un periodo caracterizado por conflictos entre las jurisdicciones federales e industriales, por decreto del presidente Plutarco Elías Calles, se creó en 1927 la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Con ello, México finalmente tenía una autoridad jurisdiccional que pudiera intervenir y solucionar conflictos.
Reforma Laboral 2019-2021
La Ley Federal del Trabajo ha sufrido modificaciones desde su promulgación en 1931. La primera modificación más importante fue el 5 de diciembre de 1960 y el 21 de noviembre de 1962.
En 1962, la Ley reconoció las relaciones laborales entre el Estado Federal y servidores públicos y en segundo lugar, la modificación del artículo 123, fracción III, la cual aumenta la edad mínima de trabajo de 12 a 14 años. Fue hasta el 1ro de abril de 1970 cuando se publicó la nueva Ley Federal del Trabajo, siendo sustituta de la original de 1931.
Las reformas a la LFT más recientes fueron la del presidente Andrés Manuel López Obrador en 2019 y 2021, que por decreto se adicionaron, derogaron y reformaron nuevas disposiciones:
- Eliminación y prohibición del outsourcing
- Nueva figura de servicios y obras especializados
- Responsables solidarios
- Transformación del sistema de impartición de justicia laboral
- Convenio de terminación de mutuo consentimiento
- Descuentos a salarios: Quedan prohibidos salvo excepciones como pago de cuotas sindicales ordinarias previstas en estatutos de sindicatos
- Nuevas autoridades de trabajo: Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, centros de conciliación a nivel local y juzgados laborales
- Mecanismos que aseguren el ejercicio del derecho de libertad, asociación sindical
- Reconocimiento a la transparencia de negociación colectiva
- Establecimiento explícito de las obligaciones y derechos de una relación laboral
Ahora que ya sabes sobre los antecedentes de la LFT, detallaremos sus aspectos más relevantes.
Trabajo digno y productividad
Dentro de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 2 y 3 se estipula que toda persona tiene derecho a un trabajo digno y remuneración justa. También es importante destacar que la Ley establece la no discriminación o negación de empleo por razones raciales, de origen étnico, nacionalidad, condición social, religión así como orientación sexual.
Igualdad
La Ley Federal del Trabajo establece que en México y en los lugares de trabajo debe existir igualdad de género, tanto hombres como mujeres tienen derecho a un trabajo digno. Por ello, sin importar el género no debe haber diferencia entre el salario percibido y prestaciones por el mismo trabajo o puesto laboral.
Home Office
Dentro de este punto y con los cambios a nivel mundial que ha ocasionado la pandemia de COVID19, se estableció dentro de la LFT la regulación de la responsabilidad por parte del patrón en condiciones de home office o teletrabajo. Esto se estipula dentro del artículo 330-A. También se considera que los patrones deberán proporcionar a sus colaboradores de elementos tecnológicos y herramientas para mantener su productividad.
Esta regulación establece también el pago proporcional de energía eléctrica así como servicios de internet cuando los colaboradores se encuentran en su horario laboral. Finalmente, se establece el respeto al derecho de desconexión.
Ausencias, días de descanso y vacaciones
En distintas ocasiones, un colaborador se verá obligado a tener ausencias en el trabajo. Ya sea por razones personales o de salud. Por ello dentro de la LFT se establece en el capítulo III el derecho a ausencias permitidas durante el periodo laboral. Este punto también se puede considerar dentro del contrato de trabajo.
Sin embargo, hay ausencias permitidas por razones de días de descanso (artículo 70) o vacaciones (artículo 69). Pero, dentro de la LFT se considera que debido a una ausencia injustificada, el patrón puede imponer una acta administrativa y tiene el derecho de realizar un despido justificado por abandono laboral, entre otras razones.
Los días de descanso obligatorio en toda empresa mexicana son, acorde al artículo 74 son:
- 1ro de enero
- 1er lunes de febrero para conmemorar el 5 de febrero
- Tercer lunes de marzo para conmemorar el 21 de marzo
- 1ro de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre para conmemorar el 20 de noviembre
- 1ro de diciembre de cada 6 años cuando se transmite el Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre
- Cuando haya elecciones ordinarias y se efectúe la jornada electoral, acorde a las leyes federales y locales electorales
Salario mínimo
Dentro del capítulo VI de la Ley Federal del Trabajo se establecen los artículos relacionados al salario mínimo. Dentro del artículo 90 se describe lo que es el salario mínimo, en el artículo 91 se detalla que el salario mínimo cambia por área geográfica y dentro del artículo 97 detalla en qué casos se pueden hacer descuentos o reducciones sobre el salario mínimo:
- Pensiones alimenticias
- Pago de rentas (artículo 151)
- Pago de abonos por Fondo Nacional de Vivienda
- Pago de créditos (artículo 103 Bis)
Pago de utilidades
El pago de utilidades o reparto de utilidades (PTU) se establece dentro de la LFT en el capítulo VIII, siendo el artículo 117, el que detalla que los trabajadores participarán en las utilidades de la organización. Es una obligación por parte de los patrones que deben entregar a sus empleados, salvo que no se hayan obtenido utilidades en el ejercicio fiscal anterior.
En el artículo 122 se establece que el reparto de las utilidades se realizará dentro de los siguientes 60 días a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual.
Pago de aguinaldo
Una de las prestaciones laborales por Ley que se establecen en la LFT es el pago de aguinaldo. En el artículo 87 se establece que los trabajadores tienen derecho a su aguinaldo y que éste deberá pagarse antes del día 20 de diciembre de cada año. También se establece que dicho aguinaldo deberá corresponder a 15 días del salario.
Para los trabajadores que tienen menos de un año laborando dentro de una organización también tienen derecho a su aguinaldo, sólo que su pago es proporcional.
Contrato
Un contrato es un documento que actúa como un acuerdo de voluntades entre dos partes o más. Dentro de este documento se crean, establecen un transfieren derechos y obligaciones entre las partes firmantes. Los contratos son regulados por el Código Civil Federal dentro de sus artículos 1792 y 1859.
Dentro de la Ley Federal del Trabajo en el artículo 21 se establece la figura de contrato y se presume la existencia de uno en una relación de trabajo. El contrato laboral debe estipular las consideraciones básicas de la relación entre un empleador y empleado, condiciones del trabajo, prestaciones de Ley, remuneración, horas y días de trabajo, prestaciones extra así como beneficios. También dentro de un contrato se establecen los datos personales del colaborador y datos del patrón o empresa contratante.
Condiciones de trabajo
A lo largo de la Ley Federal del Trabajo se establece que todo patrón o empleador deberá crear las condiciones necesarias para que los empleados puedan desempeñar sus actividades de forma adecuada. Principalmente se establece que el lugar de trabajo debe ser seguro, saludable y no exponer a riesgos a los colaboradores.
Otro punto importante de las condiciones de trabajo es que dentro del artículo 22 de la LFT se establece que los mayores de 15 años pueden prestar libremente sus servicios bajo limitaciones establecidas dentro de la misma Ley. Esto significa que es necesaria la autorización de padres o tutores. En el artículo 22 Bis también se prohíbe el trabajo de menores de quince años y de aquellos entre esta edad y 18 años que no hayan completado la educación básica.
NOM 035
Dentro de las condiciones de trabajo, también podemos incluir la NOM 035 de “Factores de riesgo psicosocial en el trabajo”. Dicha norma fue publicada en 2016 y establece un avance en las relaciones laborales en materia de prevención de riesgos laborales.
La NOM 035 también establece la creación de condiciones de trabajo y bienestar así como de violencia laboral. Con ello las autoridades buscan que en todo centro de trabajo en México exista un entorno organizacional positivo y favorable para los empleados.
Prestaciones laborales
Los empleados tienen derecho a recibir las prestaciones laborales establecidas dentro de la LFT. Éstas son:
- Aguinaldo: 15 días de su salario
- Acceso a seguridad social
- Prima vacacional del 25%
- Participación en las utilidades o pago de utilidades
Sin embargo existen empresas en México que pueden ofrecer prestaciones mayores a la Ley como vales de despensa, caja de ahorro, becas para maestrías, seguros de gastos médicos mayores, etcétera.
Obligaciones del patrón
A través de la LFT se establecen una serie de obligaciones por parte de los patrones. Es el artículo 132 de la Ley que enlista dichas obligaciones patronales, a continuación te compartimos un resumen de las disposiciones más importantes:
- Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos;
- Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones […]
- Proporcionar a los colaboradores útiles, instrumentos y materiales necesarios y de calidad para la ejecución del trabajo. También el mismo patrón deberá reponerlos cuando se dé el caso y no cobrar al trabajador por su uso o desgaste natural.
- Asegurarse de tener un local seguro para almacenar instrumentos y útiles de trabajo.
- Mantener un número suficiente de sillas para los trabajadores
- No maltratar de palabra o de obra a los colaboradores
- Cada 15 días el patrón deberá expedir una constancia escrita de los días trabajados y salarios percibidos, a solicitud de los mismos colaboradores
- Dentro del término de tres días, expedir una constancia escrita sobre los servicios ofrecidos ya sea por un trabajador o uno que decida separarse de la organización
- Permitir a los trabajadores el tiempo necesario para ejercer su derecho a voto
- Permitir que los colaboradores falten al trabajo cuando se desempeñe una comisión accidental o permanente de su sindicato o del Estado. Deberán informar con anticipación y no deberá afectar las actividades de la organización. El patrón tendrá derecho a descontar el tiempo perdido
- Comunicar al sindicato titular el contrato colectivo
- Establecer y sostener las escuelas Artículo 123 de la Carta Magna en conformidad con la SEP
- Colaborar con las autoridades del Trabajo y Educación para la alfabetización de los colaboradores
- Cuando se empleen más de 100 y menos de 1000 trabajadores, el patrón sostendrá los gastos necesarios para sostener de forma decorosa estudios técnicos (becas), industriales o prácticos en centros especiales, nacionales o extranjeros de uno de los trabajadores o uno de sus hijos. Éstos se designarán por cualidades y dedicación. Cuando se tengan más de 1000 trabajadores, el patrón deberá sostener a 3 becarios bajo las mismas condiciones.
- Proporcionar capacitación y adiestramiento a los colaboradores, cuidando el cumplimiento del Capítulo III Bis de la LFT
- Respetar las NOMs en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo para prevención de accidentes y enfermedades laborales dentro de sus fábricas, talleres, oficinas, locales y fábricas. Al contar con más de 50 colaboradores, deberán haber accesos para personas con discapacidad. También contar con medicamentos y materiales de curación.
- Visibilizar y difundir en los lugares de trabajo disposiciones, reglamentos y NOMs en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo
- Proporcionar medicamentos profilácticos que determinen las autoridades sanitarias en lugares de trabajo donde puedan existir enfermedades tropicales o endémicas o peligro de epidemia
- Cumplir con disposiciones en caso de emergencia sanitaria en caso de declaratoria de contingencia sanitaria
- Realizar las deducciones de las cuotas para sindicatos
- Realizar las deducciones para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro
- Realizar las deducciones de pensiones alimenticias
- Permitir que las autoridades competentes puedan inspeccionar y vigilar el establecimiento de trabajo
- Contribuir al fomento de actividades culturales y de deporte entre los trabajadores, proporcionar equipos y útiles
- Realizar deducciones previstas por créditos del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y otras instituciones
- Proporcionar a mujeres embarazadas la protección que se establezca en los reglamentos correspondientes
- Proporcionar permiso de paternidad de 5 días con goce de sueldo a hombres por nacimiento o adopción
- Entregar copia del contrato colectivo a los trabajadores
- Implementar un protocolo para prevenir discriminación por género, atención en casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual
Otra obligación del patrón establecida dentro de la LFT es otorgar un día de descanso por cada 6 días laborables. En caso de que el patrón solicite a su colaborador trabajar en su día de descanso, dicho día debe pagarse al doble. Este punto se considera dentro del artículo 73 de la LFT.
Obligaciones del empleado
Dentro del capítulo II, artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo se establecen las obligaciones por parte del empleado:
- Cumplimiento de disposiciones de las normas de trabajo que sean aplicables
- Observar disposiciones en el reglamento, NOMs en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo
- Desempeñar sus funciones y servicios bajo la dirección del patrón o representante
- Ejecución de su trabajo con intensidad, cuidado y esmero apropiados en forma, tiempo y lugar convenidos
- Avisar de forma inmediata a su patrón, salvo un caso de fuerza mayor, con causas justificadas que le impidan incurrir a su trabajo
- Restituir al patrón materiales no usados y conservarlos en buen estado. No es responsable del deterioro por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o por defectos de construcción
- Observar buenas costumbres durante el servicio
- Prestar auxilios cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo
- Integrar los organismos que establece esta Ley
- Someterse a reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable
- Comunicar al patrón sobre enfermedades contagiosas que padezcan
- Comunicar al patrón deficiencias
- Guardar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de productos
Término de relaciones laborales
Toda relación laboral entre un empleado y patrón puede llegar a su fin. Este término de relaciones laborales y sus descripciones pueden encontrarse en el capítulo IV: Rescisión de las relaciones de trabajo. El artículo 46 menciona que en cualquier momento, tanto empleador como empleado pueden rescindir de su relación de trabajo por una causa justificada.
Despido justificado
Dentro de la LFT, artículo 47 se establecen puntos que describen en qué casos puede existir un despido justificado y un término de contrato laboral iniciado por parte del empleador:
- Presentar certificados o referencias falsas
- Actos de violencia, faltas de probidad u honradez, injurias, malos tratamientos contra el patrón, familiares, personal directo o administrativo, contra clientes y proveedores, salvo por defensa propia
- Alterar la disciplina del lugar de trabajo por causas del punto 2
- Perjuicios materiales durante el desempeño de sus labores, con dolo o negligencia
- Comprometer la seguridad del lugar de trabajo
- Actos inmorales, hostigamiento o acoso sexual
- Revelar secretos de fabricación o asuntos reservados con perjuicio a la empresa
- Más de tres faltas de asistencia en un periodo de 30 días sin permiso del patrón o sin causa justificada
- Desobedecer al patrón o representantes de éste sin causa justificada
- Negarse a adoptar medidas preventivas para evitar accidentes o enfermedades
- Asistir al trabajo en estado de embriaguez o bajo influencia de narcótico o droga, salvo prescripción médica
- Pena de prisión
Dentro del capítulo V: Terminación de relaciones laborales de trabajo, se establece el artículo 53 que habla de las causas de terminación de la relación de trabajo:
- Mutuo consentimiento de las partes
- Muerte del trabajador
- Terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38
- Incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo
- Casos a que se refiere el artículo 434.
Pago de finiquito y liquidación
En caso de despido justificado o renuncia por parte del colaborador, el patrón deberá pagar un finiquito. Éste contemplará:
- Días de trabajo del periodo
- Parte proporcional del aguinaldo y prima vacacional
- Prestaciones definidas en el contrato de trabajo
Cuando el colaborador tiene más de 15 años de trabajo, se incluirá una prima por antigüedad que consiste en:
- 12 días de salario por año trabajado
Cuando el término de la relación laboral es responsabilidad del patrón, se paga una liquidación, esto acorde al artículo 51 de la LFT. La liquidación incluye:
- Tres meses de salario
- 20 días de sueldo por cada año de servicios prestados
- Prima de antigüedad de 12 días por cada año trabajado
- Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y bonos por contrato
Conclusión
La Ley Federal del Trabajo es el marco jurídico mexicano que regula todas las relaciones laborales en el país. Establece los derechos y obligaciones de los trabajadores, empresarios y sindicatos, así como los procedimientos para resolver los conflictos laborales.
Como patrón o encargado del departamento de Recurso Humano en tu organización, es tu deber cumplir al pie de la letra la Ley Federal del Trabajo. Esto debido a que dentro de este marco jurídico, se dictan normativas en relación al pago de nómina.
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