Las prestaciones de ley fueron concebidas como pilar fundamental de los derechos de los trabajadores y están contempladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En general, las prestaciones laborales son beneficios complementarios al salario del trabajador. Existen prestaciones de ley y prestaciones superiores a la ley.
Si tienes dudas, éste contenido te dará claridad de las obligaciones que tiene el empleador con sus colaboradores; pero también hará evaluar las oportunidades de recompensa o incentivo que se pueden contemplar con los trabajadores.
¿Qué son las prestaciones de ley?
Las prestaciones de ley son beneficios sustentados en la LFT. También en la Ley del Seguro Social (LSS), donde se detallan aspectos relativos a licencias e incapacidades.
En ese sentido, son beneficios obligatorios, por lo que deben estar garantizados por el patrón o empresa, al iniciar la relación laboral.
Las prestaciones de ley no se integran al salario y se perciben de forma semanal, quincenal o mensual. Su objetivo es brindar seguridad económica al empleado, que se extienda a sus familias.
A continuación una breve explicación de algunas de las prestaciones de ley más importantes.
Aguinaldo
Se trata de un pago que debe realizarse durante el mes de diciembre cada año. Generalmente, tiene una equivalencia de 15 días de trabajo o lo que corresponde a una quincena.
Días de descanso
El trabajador tiene derecho a un día de descanso por cada seis días de trabajo. Aparte, existen algunos días oficiales de asueto, por lo que el colaborador percibe sueldo sin prestar servicios laborales esos días.
Si por algún motivo, el trabajador debe asistir a trabajar en días oficiales, el pago percibido es el doble al salario que se recibe normalmente.
Licencia de adopción
Para los padres que comienzan un proceso de adopción, la ley de México les otorga algunos días de asueto, para cumplir con los trámites en tiempo y forma. Hasta seis semanas a la mujer y cinco días hábiles al hombre, para apoyar en el proceso.
Al respecto, los días que se destinen para la adopción deben cubrir todo el sueldo que se ganaría de forma normal.
Licencia por maternidad
En caso de embarazo, las mamás tienen hasta 12 semanas con goce de sueldo; 6 semanas antes del parto y 6 semanas después del parto para poder recuperarse.
Asimismo, la norma cuida de la salud de las madres; por lo que durante el embarazo, las mujeres no tienen permitido llevar a cabo actividades de riesgo.
Pago de utilidades
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa (PTU) corresponde a una ganancia adicional; acorde con lo generado durante el año laboral de una organización.
Sólo si la empresa no reporta utilidades durante un año fiscal no se genera este beneficio adicional.
El promedio de pago que se realiza es de hasta un 10% de las utilidades netas, y se lleva a cabo entre abril y mayo.
Periodo de lactancia
Si una mujer que se encuentra prestando sus servicios profesionales a una empresa y tiene que alimentar a su bebé, se le concede de forma extraordinaria dos descansos al día.
Son dos descansos de hasta 30 minutos cada uno o un solo descanso de una hora para alimentar al bebé todos los días; desde que nace el infante hasta que cumple seis meses de vida.
Prima dominical
El domingo, al ser considerado día de descanso en las normativas de la Ley Federal de Trabajo, no puede ser objeto de un día laborable.
En caso de que el colaborador deba cumplir con sus actividades laborales en domingo tiene derecho a una recompensa adicional. La ley contempla el pago del día completo más un 25% del sueldo base.
Prima de antigüedad
El trabajador con más de 15 años en la organización recibe hasta 12 días de salario adicional por cada uno de los años que se lleve trabajando. Si renuncia o hay cese de actividades, se debe cubrir una parcialidad del total.
En caso de que el trabajador fallezca antes de recibir la prima de antigüedad, ésta deberá pagarse a las personas beneficiarias.
Seguridad Social
El Seguro Social es una de las prestaciones más importantes, gracias a ésta todo trabajador tiene derecho a gozar de servicios de salud; sea para prevenir o para cubrir cualquier eventualidad.
Además, otro beneficio del seguro social es que al trabajador se le inscribe en el Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), lo que a la larga otorga la opción de adquirir una vivienda propia.
En ese sentido, el empleador tiene la obligación de dar el alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sus trabajadores.
Existen otras prestaciones obligatorias, por lo que es bueno consultar la LFT. Entre ellas: jornada laboral, capacitación de trabajo, licencia de paternidad, ley de Hombre Office, vacaciones, prima vacacional, despido o liquidación, finiquito laboral, prima de antigüedad, entre otras.
Diferencia entre prestaciones de ley y prestaciones superiores a la ley
Ya hablamos de las prestaciones de ley, que son las mínimas que debe asegurar un empleador. Es el turno para las prestaciones superiores a la ley. Ésta son opcionales y representan un gran incentivo, por lo que deben considerarse según el perfil y responsabilidad del trabajador. Algunas de las más implementadas son:
- Vacaciones o días de descanso extra
- Fondos de ahorro
- Vales de despensa
- Bono de productividad
- Seguro de gastos médicos mayores
- Estacionamiento
- Transporte
¿Por qué se deben cumplir?
Las prestaciones de ley están establecidas en la Ley Federal del Trabajo, por lo que incumplir con alguna de ellas representa un desacato. Esto puede llevar a multas o sanciones por parte de las autoridades del país.
Por su parte, los empleados tienen el apoyo de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Mediante éste organismo pueden recibir asesoría a fin de iniciar un proceso legal.
Prestaciones de ley por renuncia o despido
Existe una prestación de ley que protege al trabajador ante un despido o su renuncia voluntaria.
Si el colaborador se ve forzado a cesar sus actividades laborales por decisión del patrón, debe recibir una indemnización. Esta se calcula conforme al tiempo de servicio en la empresa y contempla lo siguiente:
- 3 meses de salario.
- 20 días de sueldo por año laboral desempeñado.
- Prima de antigüedad equivalente a 12 días de sueldo por cada año laboral de servicio (si tienes más de 15 años trabajando).
- Vacaciones
- Prima vacacional.
- Pago parcial de aguinaldo.
Conclusión
Cumplir con las prestaciones de ley y de las prestaciones superiores a la ley requiere compromiso, pero también seguimiento. La responsabilidad del área de recursos humanos no es poca.
Primeramente, todo avance en materia legal implica hacer ajustes en los cálculos de nómina para que no exista ningún tipo de problema.
Además, a efectos de los intereses de la empresa es necesario observar el desempeño de cada uno de los colaboradores. De esta manera se logra destinar de forma justa cada uno de los beneficios.
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