REPSE: Todo lo que necesitas saber

Aquellas empresas que deseen prestar Servicios Especializados o ejecutar Obras Especializadas debe estar avalada por el REPSE. Este requisito se concede a las compañías proveedoras de servicios a terceros que cumplen con los parámetros legales establecidos en la Ley Federal del Trabajo (LFT) en México.

REPSE es el nombre abreviado para Registro de Prestadores de Servicios u Obras Especializadas; tiene por propósito garantizar el acatamiento a los deberes laborales, aduaneros y fiscales.

Si tienes dudas, enseguida te las aclaramos.

Todo sobre el REPSE

El Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas es un padrón que proporciona la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); en cumplimiento del artículo 15 de la LFT.

En ese sentido, el REPSE identifica y regula a cualquier persona física o moral que proporciones servicios o labores especializadas para terceros. Es decir, que ponen a sus empleados a la orden de los contratantes para realizar trabajos en sus instalaciones.

Definición de los servicios especializados

Desde que entró en vigencia la reforma a la LFT, la subcontratación laboral sólo es permitida bajo la figura de servicio especializado u obra especializada.

De acuerdo con el artículo 12 de la LFT, un servicio especializado es aquel que no forma parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante. 

Por ejemplo, empresas que prestan servicios administrativos por outsourcing como la maquila de nómina; empresas que ofrecen servicios de Tecnologías de Información, de limpieza y mantenimiento, de vigilancia, entre otras. 

¿Por qué es obligatorio el REPSE?

Para quienes prestan servicios externos, el REPSE es obligatorio para operar. De lo contrario, podrán recibir sanciones por parte de la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SAT) y elevadas multas.

Puedes consultar la certificación y registro de la empresa en la página web del SAT ingresando la CURP y/o RFC.

Suscripción ante el REPSE

Te adelantamos lo más importante de este proceso de REPSE:

  • Se realiza por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Debes entrar en la página repse.stps.gob.mx. Necesitas la firma electrónica de la persona física o moral a registrar. 
  • Al obtener el registro deberá hacerse público en un portal web la inscripción en el padrón.
  • Es un trámite que debe renovarse cada 3 años. 
  • Es un registro que debe incluirse en cada contrato que se ejecute. 

Pasos a seguir en el portal para formalizar tu actividad:

  • Al introducir la firma electrónica, el sistema valida que no se tengan adeudos ante el IMSS, el SAT y el INFONAVIT. Si es el caso, debes resolverlo e intentar nuevamente.
  • Te solicitarán datos generales de la persona física o moral a registrar; nivel y categoría de riesgo al que pertenece la empresa.
  • Debes indicar las actividades que se deseas registrar, de acuerdo a la constancia de situación fiscal o al objeto social de la empresa.
  • Carga los archivos necesarios: constancia de la situación fiscal; acta constitutiva; poder notarial; identificación oficial vigente del representante legal; constancia de registro en el RFC; registros patronales ante el IMSS; comprobante de domicilio y comprobante de nómina.
  • Al finalizar, te será asignado un folio para seguimiento al registro, el cual tarda 20 días hábiles. 
  • Una vez aprobado el registro, se emite un aviso correspondiente con su número de folio por cada actividad registrada.

¿Qué sucede si te dan un servicio especializado y no estás registrado ante el REPSE?

Aquellas personas que presten servicios de subcontratación de servicios especializados sin contar con el registro ante la STPS serán objeto de multa por 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA 2022). Esto también aplica para la empresa contratante.

También se les aplicará limitación de deducción y de acreditamiento de impuestos de pagos realizados. Aparte, las facturas que se emitan por servicios de subcontratación no tendrán validez; por lo que no tendrá manera de comprobar ese gasto y su posterior deducción; entre otras sanciones.

¿Qué es el ICSOE?

ICSOE o Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas es una herramienta en línea, administrada por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Obligaciones del ICSOE

Las personas físicas o morales con REPSE podrán presentar dos tipos de declaratorias a través de la ICSOE:

  1. Con información, si hay contratos de servicio vigentes.
  2. Sin información, cuando no hay contratos vigentes en ese período.

Si no se presenta la información correspondiente de los contratos, la organización puede ser sancionada por el IMSS con una multa de 500 a 2000 UMAs.

Los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas deben reportar  de manera cuatrimestral la información de los contratos celebrados; a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre. Si el día 17 cae en un día inhábil, el informe se presenta el siguiente día hábil.

¿Qué es el SISUB?

El SISUB o Sistema de Información de Subcontratación es la plataforma dispuesta por el Infonavit. En este sistema los patrones con REPSE, deben presentar informes en materia de seguridad social de los contratos celebrados y de los registros patronales vinculados.

Obligaciones del SISUB

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, dichos reportes deben ser de manera cuatrimestral, a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre.

Para ello, la persona física o moral debe estar registrada en el portal del Infonavit y en la sección “Mis trámites”, ingresar en el SISUB para reportar la siguiente información:

  • Datos generales.
  • Escritura Constitutiva.
  • Información detallada de contratos celebrados.
  • Detalle de los trabajadores.
  • Registro emitido por la STPS.

Conclusión

Aunque la reforma laboral lleva tiempo en vigencia, aún hay empresas que desconocen detalles importantes, para cumplir con la ley. Personas físicas o morales que se dediquen a dar servicios especializados deben contar con el certificado del REPSE. 

Asimismo, estas empresas deben reportar cuatrimestrales los contratos celebrados durante el periodo mediante el ICSOE (para el IMSS) y el SISUB (para el Infonavit).

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