Desde el mes de abril las empresas y PyMES deben cumplir con el pago de utilidades, ¿quieres saber cómo se calculan las utilidades? ¿No tienes claro en qué consiste el reparto de utilidades? Aquí despejamos estas y otras dudas.
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es una prestación a la que tienen derecho las y los trabajadores en calidad de subordinados; esto como reconocimiento a su contribución a la empresa.
Anualmente se debe hacer el pago de la PTU, un porcentaje de las ganancias generadas el año fiscal anterior. El periodo del reparto de utilidades inició el 1 abril y tiene como fecha límite el 30 de mayo. En el caso de personas que trabajan para una persona física o patrón, deben recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
Si hasta ahora no te han notificado de dicho pago, presta atención para que sepas si te corresponde y puedas exigirlo.
Qué es el reparto de utilidades o PTU
El reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades es el pago porcentual de las ganancias de una organización a sus empleados. Éste se realiza anualmente, luego del cierre fiscal.
Se trata de un derecho constitucional que beneficia a los trabajadores que perciben un salario, por concepto de servicio; como pago adicional al salario.
Como hay excepciones en las que no aplica este pago, pasamos al marco jurídico y lo que debes conocer del reparto de utilidades.
Marco jurídico del PTU
En el artículo 123, apartado A, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que
“todos los trabajadores que presten a una persona física o persona moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran”.
Por su parte, el artículo 130 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla:
“Las cantidades que correspondan a los trabajadores por concepto de utilidades, quedan protegidas por las normas contenidas en los artículos 98 y siguientes”.
Estas disposiciones son:
- Artículo 98: Los trabajadores dispondrán libremente de las cantidades que les correspondan por concepto de utilidades. Todo cuanto desvirtúe este derecho será nulo. A lo que el artículo 99 refuerza señalando que el derecho a percibir las utilidades es irrenunciable.
- Artículo 100: Las utilidades se pagarán directamente al trabajador. Sólo si éste se encuentra imposibilitado, el pago se hará a un apoderado, mediante un poder certificado por dos testigos. El pago en incumplimiento de lo dispuesto no libera de responsabilidad al patrón.
- Artículo 101: Las utilidades deberán pagarse en moneda de curso legal. Por ende, no está permitido ningún sustituto (mercancías, vales, entre otros).
- Artículo 104: Es nula la cesión de las utilidades en favor del patrón o de terceras personas, cualquiera que sea la denominación o forma que se le dé.
- Artículo 105: Las utilidades de los trabajadores no serán objeto de compensación alguna.
- Artículo 106: La obligación del patrón de pagar las utilidades no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en la ley.
- Artículo 108: El pago de las utilidades se efectuará en el lugar donde los trabajadores presten sus servicios.
Reforma a la LFT: ¿Qué cambió?
Luego de la reforma en materia de subcontratación, vigente desde el 24 de abril de 2021, trabajadores salieron del esquema de outsourcing. En consecuencia, ahora son reconocidos y registrados por sus patrones reales, lo que implica el acceso a la PTU.
Para que tengas más detalle, la figura de subcontratación laboral fue eliminada, y se dió paso a los servicios especializados. Con este cambio fueron depuradas las condiciones en las que una organización puede tercerizar actividades con personal externo.
Por ello, las empresas proveedoras de servicio debieron asumir la responsabilidad como patronos de los colaboradores; por lo que todos esos profesionales deben recibir el pago por reparto de utilidades.
Por otro lado, con la reforma del artículo 127 de la LFT se fijó un tope en el monto a distribuir entre los trabajadores en dos posibilidades:
- Tres meses del salario del trabajador.
- El promedio de la participación recibida en los últimos tres años.
El criterio para elegir será la opción que resulte más favorable al trabajador:
De esta manera, el monto a pagar a los trabajadores será el 10% de las utilidades de la empresa; a menos que el monto supere los tres meses del salario. De ser ese el caso se establece el tope de 90 días de salario.
¿Quienes tienen derecho?
El reparto de utilidades aplica para todos los trabajadores, en calidad de subordinación, que hayan laborado por lo menos 60 días continuos o no, en el correspondiente periodo fiscal.
Sin embargo, eso depende de los resultados financieros. Las empresas que obtuvieron utilidades netas mayores a los 300 mil pesos en el cierre fiscal deben repartir las ganancias.
Otra condición para que la PTU sea aplicable es que la organización tenga más de un año en funcionamiento.
En ese contexto, todos los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, aunque ya no laboren en la empresa.
Aclarando el punto de la relación de trabajo subordinada. El reparto de utilidades no es aplicable para trabajadores domésticos; tampoco directores, administradores y gerentes generales; técnicos, profesionistas, artesanos, entre otros.
¿Cómo se calculan las utilidades?
Si deseas saber cómo se calculan las utilidades, considera estos aspectos:
El monto que se reparte equivale al 10% de las ganancias netas generadas el año fiscal anterior. Como mencionamos al inicio, dependerá de si la organización obtuvo utilidades durante el ejercicio fiscal.
Se considera el salario (cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria). Si éste varía, se toma como salario el promedio del año.
¿Cómo se calculan y pagan las utilidades?
La utilidad se pagan en dos partes iguales, de conformidad con el artículo 123 de la LFT:
- La primera parte, se distribuye por igual entre todos los trabajadores; considerando el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
- La segunda parte, se distribuye en proporción al monto de los salarios devengados durante el año.
Toma en cuenta que el pago puede realizarse dentro de los 60 días siguientes de haber presentado la declaración anual, incluso estando en trámite.
Conclusión
Para finalizar, toma en cuenta que los trabajadores deben recibir una copia de su declaración fiscal. Así sabrán el monto global que se va a repartir. Asimismo, la empresa debe publicar en un lugar visible el listado del monto que recibirá cada trabajador, de conformidad con el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo.
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